# Puerto Rico PS 1283: Para enmendar los incisos (aa) y (gg) del Artículo 1.2 y el inciso (c) del Artículo 4.7 de la Ley Núm. 1-2012, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico”, a los fines de aclarar las definiciones de “persona privada” y “servidor público”; establecer expresamente que los contratistas independientes, consultores, asesores externos, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, licitadores, participantes en procesos de compras, entidades sin fines de lucro, corporaciones privadas y demás personas naturales o jurídicas que mantengan una relación contractual, profesional, consultiva, comercial, colaborativa o administrativa con el Gobierno no serán considerados servidores públicos por el solo hecho de contratar, asesorar, colaborar, recibir fondos, participar en procesos administrativos o prestar servicios al Gobierno; disponer los criterios excepcionales bajo los cuales una persona privada podrá ser considerada servidor público para fines de esta Ley cuando su contrato, designación o encomienda equivalga sustancialmente a un puesto o cargo público, o cuando se le haya delegado expresamente autoridad pública decisional; codificar el estándar probatorio de prueba clara, robusta y convincente en los procedimientos administrativos sancionadores de la Oficina de Ética Gubernamental; establecer el peso probatorio aplicable cuando se alegue que una persona privada debe ser tratada como servidor público; ordenar la revisión de reglamentos, guías, protocolos, manuales y materiales educativos; y para otros fines relacionados.

Puerto Rico PS 1283, Para enmendar los incisos (aa) y (gg) del Artículo 1.2 y el inciso (c) del Artículo 4.7 de la Ley Núm. 1-2012, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico”, a los fines de aclarar las definiciones de “persona privada” y “servidor público”; establecer expresamente que los contratistas independientes, consultores, asesores externos, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, licitadores, participantes en procesos de compras, entidades sin fines de lucro, corporaciones privadas y demás personas naturales o jurídicas que mantengan una relación contractual, profesional, consultiva, comercial, colaborativa o administrativa con el Gobierno no serán considerados servidores públicos por el solo hecho de contratar, asesorar, colaborar, recibir fondos, participar en procesos administrativos o prestar servicios al Gobierno; disponer los criterios excepcionales bajo los cuales una persona privada podrá ser considerada servidor público para fines de esta Ley cuando su contrato, designación o encomienda equivalga sustancialmente a un puesto o cargo público, o cuando se le haya delegado expresamente autoridad pública decisional; codificar el estándar probatorio de prueba clara, robusta y convincente en los procedimientos administrativos sancionadores de la Oficina de Ética Gubernamental; establecer el peso probatorio aplicable cuando se alegue que una persona privada debe ser tratada como servidor público; ordenar la revisión de reglamentos, guías, protocolos, manuales y materiales educativos; y para otros fines relacionados., is a 20th Legislative Assembly (2025-2028) Senate bill sponsored by Roxanna I. Soto Aguilú (PNP); status in committee, last action 2026-09-29 (Comisión no recomienda aprobación de la medida) (as of 2026-11-03).

- Canonical: https://policyrisk.com/state-bill/PR-PS1283-20
- As of: 2026-11-03
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## Facts
- Bill: Puerto Rico PS 1283
- State: Puerto Rico
- Session: 20th Legislative Assembly (2025-2028)
- Title: Para enmendar los incisos (aa) y (gg) del Artículo 1.2 y el inciso (c) del Artículo 4.7 de la Ley Núm. 1-2012, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico”, a los fines de aclarar las definiciones de “persona privada” y “servidor público”; establecer expresamente que los contratistas independientes, consultores, asesores externos, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, licitadores, participantes en procesos de compras, entidades sin fines de lucro, corporaciones privadas y demás personas naturales o jurídicas que mantengan una relación contractual, profesional, consultiva, comercial, colaborativa o administrativa con el Gobierno no serán considerados servidores públicos por el solo hecho de contratar, asesorar, colaborar, recibir fondos, participar en procesos administrativos o prestar servicios al Gobierno; disponer los criterios excepcionales bajo los cuales una persona privada podrá ser considerada servidor público para fines de esta Ley cuando su contrato, designación o encomienda equivalga sustancialmente a un puesto o cargo público, o cuando se le haya delegado expresamente autoridad pública decisional; codificar el estándar probatorio de prueba clara, robusta y convincente en los procedimientos administrativos sancionadores de la Oficina de Ética Gubernamental; establecer el peso probatorio aplicable cuando se alegue que una persona privada debe ser tratada como servidor público; ordenar la revisión de reglamentos, guías, protocolos, manuales y materiales educativos; y para otros fines relacionados.
- Status: in committee
- Chamber: Senate
- Introduced: 2026-05-20
- Last action: 2026-09-29, Comisión no recomienda aprobación de la medida
- Sponsor: Roxanna I. Soto Aguilú (PNP)
- Cosponsors: 0
- Touches household money: no
- Economic provisions PRIA read: 0

## Summary

No summary available.

## Bill overview

No economic impacts identified for this bill.

## Sponsors and cosponsors

- Sponsor: Roxanna I. Soto Aguilú (PNP), Senate

## Actions (4)

- 2026-09-29: Comisión no recomienda aprobación de la medida (Senate)
- 2026-05-21: Referido a Comisión(es) (Senate)
- 2026-05-21: Aparece en Primera Lectura del Senado (Senate)
- 2026-05-20: Radicado (Senate)

## Bill text

- Radicado, 2026-05-20: [PDF](https://sutra.oslpr.org/SutraFilesGen/161277/ps1283-26.pdf)
- Radicado (Senado mirror), 2026-05-20: [PDF](https://senado.pr.gov/document_vault/medidas_legislativas/ps1283-25.pdf)

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## Sources
- [Radicado (PDF)](https://sutra.oslpr.org/SutraFilesGen/161277/ps1283-26.pdf)
- [Radicado (Senado mirror) (PDF)](https://senado.pr.gov/document_vault/medidas_legislativas/ps1283-25.pdf)

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Source: PRIA, https://policyrisk.com/state-bill/PR-PS1283-20 (as of 2026-11-03).
