Adquisición de la propiedad para uso público

1 L.P.R.A. § 5, under Poderes del Gobierno en General; Ciudadanía; Domicilio; Derechos del Pueblo.

1 L.P.R.A. § 5

El Gobierno de Puerto Rico puede adquirir o autorizar a otros para adquirir, títulos a bienes inmuebles o muebles para uso público, en los casos y en la forma que previene la ley.