Medidas afirmativas

1 L.P.R.A. § 506, under Ley del Proceso de la Transición del Gobierno.

1 L.P.R.A. § 506

Ninguna persona con impedimento físico, mental o sensorial podrá ser privada de recibir los beneficios de un programa cuando las facilidades físicas de la institución pública o privada sean inaccesibles; Disponiéndose, que en ese caso las instituciones en cuestión tomarán las medidas afirmativas necesarias para eliminar las condiciones físicas, estructurales o de otra naturaleza que hacen inaccesibles las facilidades.