Semana de la Prevención de Consumo de Alcohol por Menores

1 L.P.R.A. § 5112, under Días, Semanas y Meses Conmemorativos; Campañas Especiales.

1 L.P.R.A. § 5112

(a) Se declara la semana anterior a la Semana Santa como la “Semana de la Prevención de Consumo de Alcohol por Menores” para orientar a la ciudadanía y a los menores en particular, sobre las consecuencias del consumo de alcohol.

(b) El Gobernador de Puerto Rico emitirá una proclama a esos efectos y exhortará a todas las entidades públicas y privadas, así como a la ciudadanía en general, a unirse a la celebración de dicha semana y a organizar actividades a tenor con el propósito de la misma.