Semana y Día del Arbitro

1 L.P.R.A. § 5151, under Días, Semanas y Meses Conmemorativos; Campañas Especiales.

1 L.P.R.A. § 5151

(a) Se declara la tercera semana del mes de noviembre de cada año y el miércoles de dicha semana como la “Semana del Arbitro” y “Día del Arbitro”, respectivamente.

(b) El Gobernador, mediante proclama que se difundirá a través de los medios noticiosos del país, exhortará a todo el Pueblo Puertorriqueño a rendir en su día y en su semana un tributo de simpatía y admiración a estos oficiales del deporte.

(c) El Departamento de Recreación y Deportes, conjuntamente con el Comité Olímpico de Puerto Rico y otras agencias de gobierno competentes, planificarán y desarrollarán actividades alusivas a esta semana.