Semana de la Liga Atlética Policíaca

1 L.P.R.A. § 5157, under Días, Semanas y Meses Conmemorativos; Campañas Especiales.

1 L.P.R.A. § 5157

(a) Se designa la cuarta semana de abril de cada año como la “Semana de la Liga Atlética Policíaca de Puerto Rico”.

(b) Anualmente, el(la) Gobernador(a) del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, emitirá proclama al efecto, con por lo menos diez (10) días de anticipación a la cuarta semana del mes de abril, de cada año, en la que exhortará al pueblo puertorriqueño, así como a las distintas agencias y entidades encargadas de una y u otra forma de ofrecer servicios a través del Programa de la Liga Atlética Policíaca, tanto a nivel estatal como municipal, a organizar y auspiciar las actividades propias de la celebración de la Semana de la Liga Atlética Policíaca de Puerto Rico.A tales efectos, la Policía de Puerto Rico, así como las distintas Policías Municipales de Puerto Rico y la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, como también las otras agencias, organismos y entidades públicas o cuasi públicas del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, deberán adoptar las medidas que sean necesarias para la consecución de los objetivos de esta sección, mediante la organización y realización de actividades para celebrar la Semana de la Liga Atlética Policíaca de Puerto Rico.Recae en la Policía de Puerto Rico la responsabilidad de dirigir y coordinar, de manera integrada, todos los esfuerzos gubernamentales, a nivel estatal como municipal, dirigidos a alcanzar los propósitos de esta sección.

A tales efectos, la Policía de Puerto Rico, así como las distintas Policías Municipales de Puerto Rico y la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública, como también las otras agencias, organismos y entidades públicas o cuasi públicas del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, deberán adoptar las medidas que sean necesarias para la consecución de los objetivos de esta sección, mediante la organización y realización de actividades para celebrar la Semana de la Liga Atlética Policíaca de Puerto Rico.

Recae en la Policía de Puerto Rico la responsabilidad de dirigir y coordinar, de manera integrada, todos los esfuerzos gubernamentales, a nivel estatal como municipal, dirigidos a alcanzar los propósitos de esta sección.