Día de los Funcionarios de las Oficinas de Registraduría y Admisiones

1 L.P.R.A. § 5211, under Días, Semanas y Meses Conmemorativos; Campañas Especiales.

1 L.P.R.A. § 5211

(a) [Se declara] el primer viernes del mes de marzo de cada año como el “Día de los Funcionarios de las Oficinas de Registraduría y Admisiones de todas las instituciones educativas post secundarias de Puerto Rico”.

(b) El Gobernador, mediante proclama, exhortará anualmente a todo el pueblo puertorriqueño a que exprese su más profundo agradecimiento y rinda un merecido homenaje a estos funcionarios por su valiosa aportación en el ámbito educativo.

(c) Se autoriza al Secretario de Estado y al Presidente del Consejo de Educación a recabar la cooperación de los distintos departamentos, agencias e instrumentalidades del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para la celebración de dicho día.