Mes y Día de la Historia Deportiva Puertorriqueña

1 L.P.R.A. § 5319, under Días, Semanas y Meses Conmemorativos; Campañas Especiales.

1 L.P.R.A. § 5319

(a) Se reconoce en Puerto Rico el mes de agosto de cada año como el “Mes de la Historia Deportiva Puertorriqueña”, y se oficializa a este fin el 13 de agosto como el “Día de la Historia Deportiva Puertorriqueña”, con el propósito de reconocer la calidad y hazañas de nuestros atletas, así como para reconocer a los historiadores del deporte en su devoción de preservar la cultura deportiva de Puerto Rico y fomentar en la ciudadanía la disciplina del deporte.

(b) Cada año el Gobernador de Puerto Rico emitirá una proclama y exhortará a todos los organismos públicos y entidades privadas, así como a la ciudadanía en general, a unirse a dicha celebración y a organizar actividades a tenor con el propósito de la misma. Las agencias del Gobierno de Puerto Rico, particularmente el Departamento de Recreación y Deportes, prestarán su cooperación y apoyo en la promoción y celebración de las actividades que se realicen en virtud de esta sección.