Día de la Concienciación sobre la Salud Mental Perinatal

1 L.P.R.A. § 5335, under Días, Semanas y Meses Conmemorativos; Campañas Especiales.

1 L.P.R.A. § 5335

(a) Se decreta el primer miércoles de mayo de cada año como el “Día de la Concienciación sobre la Salud Mental Perinatal”, con el objetivo de sensibilizar, educar y crear conciencia a la población sobre la salud mental perinatal.

(b) El Gobernador de Puerto Rico emitirá una proclama a estos efectos y exhortará anualmente a todo el pueblo puertorriqueño a realizar en ese día actividades conducentes a celebrar y educar a la ciudadanía sobre los trastornos de salud mental perinatal, los instrumentos de cernimiento para detectarlos y los tratamientos existentes, y exhortará a todas las entidades, públicas y privadas, así como a la ciudadanía en general, a organizar actividades a tenor con el propósito de esta sección.

(c) El Departamento de Salud, el Departamento de Educación, el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos y la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, además de organizaciones educativas y sin fines de lucro que interesen participar, tendrán a su cargo la coordinación de actividades dirigidas a educar a la ciudadanía, en base a la información, estándares éticos, evidencia, y literatura científica más actualizada disponible, sobre los trastornos de salud mental perinatal, los instrumentos de cernimiento para detectarlos y los tratamientos existentes.

(d) Si alguna de las disposiciones de esta sección o su aplicación fuere declarada inconstitucional o nula, tal dictamen de invalidez o nulidad no afectará la ejecutabilidad y vigor de las restantes disposiciones que no hayan sido objeto de dictamen adverso.