Mes y Día de Concienciación de las Infecciones de Transmisión Sexual

1 L.P.R.A. § 5336, under Días, Semanas y Meses Conmemorativos; Campañas Especiales.

1 L.P.R.A. § 5336

(a) Se declara el mes de abril de cada año como el “Mes de Concienciación de las Infecciones de Transmisión Sexual” y el 27 de abril de cada año como el “Día de la Concienciación de las Infecciones de Transmisión Sexual”, durante el cual se promoverá la concientización de estas enfermedades y se orientará a la comunidad en general.

(b) El Secretario del Departamento de Salud adoptará las medidas que sean necesarias para la consecución de los objetivos de esta sección, y se le ordena difundir el significado de dicho mes y día mediante la celebración de actividades especiales, así como la difusión a través de las redes sociales, medios escritos, radiales y televisivos concientizando sobre las infecciones de transmisión sexual (ITS). Se promoverá la participación de la ciudadanía y de las entidades tanto públicas como privadas en las actividades establecidas en dicho día.

(c) El Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico emitirá, con al menos diez (10) días de anticipación a la primera semana del mes de abril de cada año, una proclama con el objetivo de educar al pueblo puertorriqueño y concientizarle sobre las infecciones de transmisión sexual (ITS).

(d) Copia de la proclama será distribuida a los medios de comunicación para su divulgación.