Día de la Partería

1 L.P.R.A. § 5352, under Días, Semanas y Meses Conmemorativos; Campañas Especiales.

1 L.P.R.A. § 5352

(a) Se declara el 5 de mayo de cada año como el “Día de la Partería”, con el propósito de educar y sensibilizar a la ciudadanía sobre la historia de esta profesión y los beneficios de la partería.

(b) Cada año, el Gobernador de Puerto Rico emitirá una proclama a esos efectos y exhortará a todas las entidades, públicas y privadas, así como a la ciudadanía en general a organizar actividades a tenor con el propósito de esta sección e invitar a la ciudadanía a participar de las mismas.