(a) Se declara la semana comenzando el segundo domingo del mes de mayo de cada año, como la “Semana Nacional The Salvation Army en Puerto Rico”.
(b) Con no menos de diez (10) días de anticipación a la semana comenzando el segundo domingo del mes de mayo de cada año, la Secretaria o Secretario de Estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico emitirá una proclama a los efectos de esta sección y exhortará a todas las entidades, públicas y privadas, así como a la ciudadanía en general, a unirse a la celebración y reconocimiento de dicha semana, así como a concienciar y educar sobre la labor que realiza la organización The Salvation Army y los servicios que ofrecen a los ciudadanos.
(c) Copia de la Proclama Anual será distribuida a los medios de comunicación para su divulgación y/o publicación.