(a) Declarar el 15 de octubre de cada año como el “Día de la Concienciación sobre la Muerte Gestacional, Perinatal y Neonatal” en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
(b) El Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, mediante Proclama y por lo menos con diez (10) días de antelación al 15 de octubre de cada año, le recordará al pueblo puertorriqueño la importancia de las actividades propias que se deban llevar a cabo con motivo de la concienciación sobre la muerte gestacional, perinatal y neonatal.
(c) Durante este día el Departamento de Estado, en conjunto con el Departamento de la Familia, el Departamento de Salud, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, la Universidad de Puerto Rico-Recinto de Ciencias Médicas y toda agencia o instrumentalidad gubernamental pertinente, y en colaboración voluntaria con toda aquella organización u asociación privada relacionada a fomentar la salud y asuntos relacionados a la mujer, la niñez y la familia, desarrollarán y coordinarán aquellas actividades y eventos necesarios para difundir una educación efectiva, solidaria y respetuosa de la pérdida gestacional e infantil. Además, se realizará una campaña mediática en los medios públicos para el efectivo alcance de esta conmemoración.