(a) Declarar el mes de mayo de cada año como “Mes de la Concienciación del Síndrome Williams en Puerto Rico”, y el 20 de mayo de cada año como “Día Nacional del Síndrome Williams en Puerto Rico”, con el propósito de concientizar sobre las particularidades clínicas y sociales de las personas con Síndrome Williams, así como promover la investigación, el desarrollo y la identificación de servicios dirigidos a la población con dicho Síndrome, sus familias y cuidadores.
(b) El Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico emitirá, con al menos diez (10) días de antelación a la primera semana del mes de mayo de cada año, una proclama alusiva a la fecha dispuesta, reconociendo así a quienes padecen de esta condición.
(c) Durante el mes de mayo el Departamento de Salud, en coordinación con agencias, organizaciones educativas y sin fines de lucro que interesen participar, realizará actividades dirigidas a educar a la ciudadanía sobre la existencia, los síntomas y tratamientos del Síndrome Williams.