Día de Concienciación sobre la Artrogriposis Múltiple Congénita en Puerto Rico

1 L.P.R.A. § 5402, under Días, Semanas y Meses Conmemorativos; Campañas Especiales.

1 L.P.R.A. § 5402

(a) Se declara el 30 de junio de cada año, como el “Día de Concienciación sobre la Artrogriposis Múltiple Congénita en Puerto Rico”, con el propósito de promover la sensibilización y educación de la sociedad sobre esta condición; y para otros fines relacionados.

(b) Con no menos de diez (10) días laborables antes del 30 de junio de cada año, el Gobernador o la Gobernadora de Puerto Rico emitirá una proclama a estos efectos.

(c) Se ordena al Departamento de Salud, en coordinación organizaciones y asociaciones de apoyo a pacientes con Artrogriposis Múltiple Congénita (AMC) y sus familiares, a unirse a la celebración de dicho día y a organizar actividades educativas que informen sobre la AMC y las opciones de tratamiento disponibles. Esto puede incluir talleres, charlas y campañas informativas a tenor con el propósito de ésta.