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1 L.P.R.A. § 682, under Protección y Compensación a Personas que Denuncien Actos de Corrupción contra Fondos y Propiedad Pública.

1 L.P.R.A. § 682

(a) El Plan constituirá un compromiso de colaboración de las agencias e instrumentalidades que integran los sistemas jurídico-penales, de salud pública, educativo, laboral y de bienestar social y estará acompañado de un documento o informe, que incluya:(a) Un análisis de las distintas formas o manifestaciones de la violencia, los factores biológicos, sociales, económicos, culturales y políticos, locales y externos, que influyen en el problema de violencia del país.(b) Un análisis de las políticas sanitarias, económicas, educativas y sociales relacionadas con el problema de la violencia y que contribuyen a mantener las desigualdades entre los grupos de la sociedad, incluyendo recomendaciones sobre las modificaciones o cambios que deben hacerse en cuanto a éstas para prevenir la violencia.(c) Los resultados de las investigaciones y estudios sobre violencia y sobre los programas, actividades o estrategias de prevención realizados por el Comité o por cualquier otra persona o entidad separada del mismo que se haya tornado en cuenta para la preparación del Plan.(d) Las estrategias, medidas y modos de afrontar y prevenir violencia, los servicios y programas para ello y la clientela o problema a que está dirigido cada uno.(e) El calendario de implantación del Plan, los equipos multidisciplinarios especializados y recursos necesarios para su desarrollo, las agencias públicas responsables de ejecutar cualquier parte del mismo y las responsabilidades que corresponden a cada una.(f) Los instrumentos para la recolección de datos fidedignos sobre la violencia y los sistemas para medir el resultado de las estrategias y actividades incluidas en el mismo.(g) Los mecanismos para velar que los entes gubernamentales que compartan responsabilidades en la implantación del Plan presten oportuna y diligentemente los servicios que les correspondan.(h) La forma para estimular y viabilizar la colaboración real de organizaciones no gubernamentales en el desarrollo del Plan.

(a) Un análisis de las distintas formas o manifestaciones de la violencia, los factores biológicos, sociales, económicos, culturales y políticos, locales y externos, que influyen en el problema de violencia del país.

(b) Un análisis de las políticas sanitarias, económicas, educativas y sociales relacionadas con el problema de la violencia y que contribuyen a mantener las desigualdades entre los grupos de la sociedad, incluyendo recomendaciones sobre las modificaciones o cambios que deben hacerse en cuanto a éstas para prevenir la violencia.

(c) Los resultados de las investigaciones y estudios sobre violencia y sobre los programas, actividades o estrategias de prevención realizados por el Comité o por cualquier otra persona o entidad separada del mismo que se haya tornado en cuenta para la preparación del Plan.

(d) Las estrategias, medidas y modos de afrontar y prevenir violencia, los servicios y programas para ello y la clientela o problema a que está dirigido cada uno.

(e) El calendario de implantación del Plan, los equipos multidisciplinarios especializados y recursos necesarios para su desarrollo, las agencias públicas responsables de ejecutar cualquier parte del mismo y las responsabilidades que corresponden a cada una.

(f) Los instrumentos para la recolección de datos fidedignos sobre la violencia y los sistemas para medir el resultado de las estrategias y actividades incluidas en el mismo.

(g) Los mecanismos para velar que los entes gubernamentales que compartan responsabilidades en la implantación del Plan presten oportuna y diligentemente los servicios que les correspondan.

(h) La forma para estimular y viabilizar la colaboración real de organizaciones no gubernamentales en el desarrollo del Plan.