Se declara día de fiesta legal el día 25 de julio de cada año y se le designa como “Día de la Constitución”.
1 L.P.R.A. § 79, under Poderes del Gobierno en General; Ciudadanía; Domicilio; Derechos del Pueblo.
1 L.P.R.A. § 79
Se declara día de fiesta legal el día 25 de julio de cada año y se le designa como “Día de la Constitución”.