Disposiciones generales

1 L.P.R.A. § 958, under Ley de Internados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

1 L.P.R.A. § 958

Cada agencia deberá proveer las herramientas para que este internado opere conforme al calendario escolar, durante cada semestre escolar y, de ser posible, una sesión durante el verano y ofrecer un currículo combinado de experiencias teóricas y prácticas.