Cumplimiento de las leyes del país o estado

10 L.P.R.A. § 101, under Venta de Terrenos Localizados Fuera de Puerto Rico.

10 L.P.R.A. § 101

Cualquier persona natural o jurídica que vendiere u ofreciere para la venta en Puerto Rico terrenos localizados fuera de Puerto Rico, deberá, antes de ello, cumplir con todas las leyes, reglamentos y órdenes del país o estado de los Estados Unidos donde estuvieren localizados dichos terrenos y relacionados con la venta u ofrecimiento para la venta de bienes raíces.