Conservarán los comerciantes cuidadosamente, en legajos y ordenadas, las cartas y despachos telegráficos que recibieren, relativos a sus negociaciones.
10 L.P.R.A. § 1080, under Libros y Contabilidad del Comercio.
10 L.P.R.A. § 1080
Conservarán los comerciantes cuidadosamente, en legajos y ordenadas, las cartas y despachos telegráficos que recibieren, relativos a sus negociaciones.