Archivo de cartas y despachos telegráficos

10 L.P.R.A. § 1080, under Libros y Contabilidad del Comercio.

10 L.P.R.A. § 1080

Conservarán los comerciantes cuidadosamente, en legajos y ordenadas, las cartas y despachos telegráficos que recibieren, relativos a sus negociaciones.