Régimen y policía interior

10 L.P.R.A. § 1116, under Lugares y Casas de Contratación Mercantil.

10 L.P.R.A. § 1116

Los reglamentos de las corporaciones fijarán los días y horas en que habrán de celebrarse las reuniones de las bolsas y todo lo concerniente a su régimen y policía interior, que estará en cada una de ellas a cargo de la junta directiva de la corporación.