Los contratos en que intervenga agente o corredor quedarán perfeccionados cuando los contratantes hubieren aceptado su propuesta.
10 L.P.R.A. § 1306, under Disposiciones Generales.
10 L.P.R.A. § 1306
Los contratos en que intervenga agente o corredor quedarán perfeccionados cuando los contratantes hubieren aceptado su propuesta.