Derecho de los socios a la dirección de los negocios comunes

10 L.P.R.A. § 1365, under Compañías Mercantiles.

10 L.P.R.A. § 1365

Si la administración de las compañías colectivas no se hubiere limitado por un acto especial a alguno de los socios, todos tendrán la facultad de concurrir a la dirección y manejo de los negocios comunes, y los socios presentes se pondrán de acuerdo para todo contrato u obligación que interese a la sociedad.