Nuevas series de acciones

10 L.P.R.A. § 1415, under Compañías Mercantiles.

10 L.P.R.A. § 1415

No podrán emitirse nuevas series de acciones mientras no se haya hecho el desembolso total de la serie o series emitidas anteriormente. Cualquier pacto en contrario contenido en la escritura de constitución de sociedad, que se oponga a este precepto, será nulo y de ningún valor.