Si alguno de los socios se creyese agraviado en la división acordada, podrá usar de su derecho ante el juez o tribunal competente.
10 L.P.R.A. § 1465, under Compañías Mercantiles.
10 L.P.R.A. § 1465
Si alguno de los socios se creyese agraviado en la división acordada, podrá usar de su derecho ante el juez o tribunal competente.