Observancia de leyes y reglamentos

10 L.P.R.A. § 1536, under Comisión Mercantil.

10 L.P.R.A. § 1536

El comisionista deberá observar lo establecido en las leyes y reglamentos respecto a la negociación que se le hubiere confiado, y será responsable de los resultados de su contravención u omisión. Si hubiere procedido en virtud de órdenes expresas del comitente, las responsabilidades a que haya lugar pesarán sobre ambos.