Préstamos o ventas al fiado o a plazos—Cuando se hacen con autorización

10 L.P.R.A. § 1548, under Comisión Mercantil.

10 L.P.R.A. § 1548

Si el comisionista, con la debida autorización, vendiere a plazo, deberá expresarlo en la cuenta o avisos que dé al comitente participándole los nombres de los compradores; y no haciéndolo así, se entenderá, respecto al comitente, que las ventas fueron al contado.