A voluntad de los interesados podrá suplirse la numeración de los títulos al portador con el depósito de éstos en el establecimiento público que designe el reglamento de bolsas.
10 L.P.R.A. § 1673, under Préstamos Mercantiles.
10 L.P.R.A. § 1673
A voluntad de los interesados podrá suplirse la numeración de los títulos al portador con el depósito de éstos en el establecimiento público que designe el reglamento de bolsas.