Si el efecto de las averías a que se refiere la sec. 1783 de este título fuera sólo una disminución en el valor del género, se reducirá la obligación del porteador a abonar lo que importe esa diferencia de valor, a juicio de peritos.
10 L.P.R.A. § 1786, under Contrato Mercantil de Transporte Terrestre.
10 L.P.R.A. § 1786
Si el efecto de las averías a que se refiere la sec. 1783 de este título fuera sólo una disminución en el valor del género, se reducirá la obligación del porteador a abonar lo que importe esa diferencia de valor, a juicio de peritos.