Cuando se considera mercantil el afianzamiento

10 L.P.R.A. § 1821, under Afianzamientos Mercantiles.

10 L.P.R.A. § 1821

Será reputado mercantil todo afianzamiento que tuviere por objeto asegurar el cumplimiento de un contrato mercantil, aun cuando el fiador no sea comerciante.