Acuerdos con departamentos, agencias, negociados o instrumentalidades del gobierno federal

10 L.P.R.A. § 2, under Censos de Manufactura y Negocios.

10 L.P.R.A. § 2

El Gobernador de Puerto Rico podrá formalizar acuerdos con departamentos, agencias, negociados o instrumentalidades del Gobierno de Estados Unidos que se dediquen a la labor de llevar a cabo censos, para que sean éstas las que conduzcan la labor de levantamiento de los censos de manufactura y negocios, población y vivienda, agricultura y cualesquiera otros censos en Puerto Rico.