Defectos, responsabilidad por daños

10 L.P.R.A. § 2060, under Garantías de Vehículos de Motor.

10 L.P.R.A. § 2060

El fabricante o manufacturero será responsable por los daños que causen los defectos de fabricación, diseño, ensamblaje o manufactura de los vehículos de motor por él fabricados o manufacturados.