En aquellos casos de arrendamientos financieros de sesenta mil dólares ($60,000) o menos, el arrendador vendrá obligado a emplear su máxima diligencia en determinar si el bien va a ser utilizado para fines comerciales o de consumo.
10 L.P.R.A. § 2406, under Ley para Reglamentar los Contratos de Arrendamientos de Bienes Muebles.
10 L.P.R.A. § 2406
En aquellos casos de arrendamientos financieros de sesenta mil dólares ($60,000) o menos, el arrendador vendrá obligado a emplear su máxima diligencia en determinar si el bien va a ser utilizado para fines comerciales o de consumo.