El Secretario deberá celebrar audiencias públicas antes de promulgar reglamentación bajo las disposiciones de este capítulo, o de adoptar cualquier enmienda a la reglamentación vigente en virtud del mismo.
10 L.P.R.A. § 241f, under Carne.
10 L.P.R.A. § 241f
El Secretario deberá celebrar audiencias públicas antes de promulgar reglamentación bajo las disposiciones de este capítulo, o de adoptar cualquier enmienda a la reglamentación vigente en virtud del mismo.