Prescripción de la acción

10 L.P.R.A. § 279h, under Representantes de Ventas.

10 L.P.R.A. § 279h

Toda acción derivada de este capítulo prescribirá a los tres (3) años a contar de la fecha de la terminación definitiva del contrato de representación o de los actos de menoscabo, según sea el caso.