Reglamentación

10 L.P.R.A. § 4225, under Ley de Uniformidad en la Venta, Distribución y Despacho del Gas Licuado en Puerto Rico.

10 L.P.R.A. § 4225

Se faculta al Secretario de DACO a adoptar la reglamentación necesaria para garantizar el cumplimiento de esta ley en un período no mayor de noventa (90) días a partir de la aprobación de la misma.

La adopción de un reglamento no será un requisito jurisdiccional para la vigencia de esta ley.