Código de Ética

10 L.P.R.A. § 691h-1, under Ley de Compañías de Inversión de Puerto Rico de 2013.

10 L.P.R.A. § 691h-1

El Comisionado podrá establecer mediante reglamento un Código de Ética que aplicará a los oficiales, miembros de la junta de directores y junta asesora y a los asesores de inversión de las compañías inscritas de inversión. Las juntas de directores de las compañías inscritas de inversión podrán, a su vez, adoptar Códigos de Ética que vinculen a sus miembros, oficiales, empleados y contratistas.