Reglamentación por los municipios

10 L.P.R.A. § 94, under Venta de Boletos de Teatro.

10 L.P.R.A. § 94

Los municipios deberán regularizar y reglamentar el cumplimiento de las secs. 91 a 94 de este título, por medio de ordenanzas, fijando la correspondiente sanción penal por su incumplimiento.