Injunction

10 L.P.R.A. § 997e, under Compañías de Distribución a Nivel Múltiple.

10 L.P.R.A. § 997e

El Secretario de Justicia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico tendrá facultad para entablar procedimientos de injunction o cualquier otra clase de procedimiento para prevenir, evitar, detener y castigar las violaciones [a] este capítulo u obtener cualquier otro remedio apropiado.