Las disposiciones de este capítulo son de orden público y por tanto los derechos que este capítulo establece no pueden ser renunciados.
10 L.P.R.A. § 997g, under Compañías de Distribución a Nivel Múltiple.
10 L.P.R.A. § 997g
Las disposiciones de este capítulo son de orden público y por tanto los derechos que este capítulo establece no pueden ser renunciados.