Será política pública del Gobierno de Puerto Rico el desarrollo e implantación de estrategias económicamente viables y ambientalmente seguras que resulten en la disminución del volumen de desperdicios sólidos que requerirá disposición final.
(a) Como parte de estas estrategias, se considera necesario modificar las prácticas de manejo y disposición existentes para reducir la intensidad de uso de los vertederos del país. A esos fines, se utilizarán tecnologías y se implantarán sistemas para la reducción de los desperdicios sólidos que se generen y la recuperación de materiales con el potencial de ser reutilizados o reciclados y devueltos a la economía como productos o materia prima. A estos fines, luego de tomarse en consideración los factores técnicos y económicos, se establece la siguiente jerarquía de métodos para el manejo de desperdicios sólidos en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico:(a) La reducción de la cantidad de desperdicios sólidos que se generen;(b) la reutilización de materiales para el propósito para cual originalmente fueron creados o cualquier otro uso que no requiera su procesamiento;(c) el reciclaje o composta del material que no pueda ser reutilizado;(d) la recuperación de energía de desperdicios sólidos que no puedan ser reutilizados o reciclados, siempre y cuando la facilidad de recuperación de energía no contribuya con gases de efecto invernadero y conserve la calidad del aire, agua, suelos y otros recursos naturales, y(e) la disposición de desperdicios sólidos que no puedan ser reutilizados, reciclados, o utilizados para la recuperación de energía, en vertederos que cumplan con los requisitos de las leyes y reglamentos federales y estatales aplicables.Esta política pública se concretará en el Programa para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos a ser desarrollado por la Autoridad según dispuesto en la sec. 1320g de este título y se implantará mediante la adopción de las siguientes medidas:(1) Elaborar mecanismos para reducir el volumen de desperdicios que se generan en la Isla.(2) Promover el desarrollo de consorcios municipales para el establecimiento de proyectos de reducción, reutilización y reciclaje.(3) Establecer programas de separación en la fuente.(4) Estimular la recuperación del material reciclable mediante la concesión de incentivos a las empresas participantes.(5) Estimular la participación de la empresa privada en la construcción y operación de las instalaciones de recuperación y reciclaje.(6) Desarrollar programas educativos que promuevan la participación de todos los sectores.(7) Estimular el uso de materiales reciclados y reciclables en la elaboración de productos, así como su consumo.
(a) La reducción de la cantidad de desperdicios sólidos que se generen;
(b) la reutilización de materiales para el propósito para cual originalmente fueron creados o cualquier otro uso que no requiera su procesamiento;
(c) el reciclaje o composta del material que no pueda ser reutilizado;
(d) la recuperación de energía de desperdicios sólidos que no puedan ser reutilizados o reciclados, siempre y cuando la facilidad de recuperación de energía no contribuya con gases de efecto invernadero y conserve la calidad del aire, agua, suelos y otros recursos naturales, y
(e) la disposición de desperdicios sólidos que no puedan ser reutilizados, reciclados, o utilizados para la recuperación de energía, en vertederos que cumplan con los requisitos de las leyes y reglamentos federales y estatales aplicables.Esta política pública se concretará en el Programa para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos a ser desarrollado por la Autoridad según dispuesto en la sec. 1320g de este título y se implantará mediante la adopción de las siguientes medidas:(1) Elaborar mecanismos para reducir el volumen de desperdicios que se generan en la Isla.(2) Promover el desarrollo de consorcios municipales para el establecimiento de proyectos de reducción, reutilización y reciclaje.(3) Establecer programas de separación en la fuente.(4) Estimular la recuperación del material reciclable mediante la concesión de incentivos a las empresas participantes.(5) Estimular la participación de la empresa privada en la construcción y operación de las instalaciones de recuperación y reciclaje.(6) Desarrollar programas educativos que promuevan la participación de todos los sectores.(7) Estimular el uso de materiales reciclados y reciclables en la elaboración de productos, así como su consumo.
Esta política pública se concretará en el Programa para la Reducción y el Reciclaje de Desperdicios Sólidos a ser desarrollado por la Autoridad según dispuesto en la sec. 1320g de este título y se implantará mediante la adopción de las siguientes medidas:
(1) Elaborar mecanismos para reducir el volumen de desperdicios que se generan en la Isla.
(2) Promover el desarrollo de consorcios municipales para el establecimiento de proyectos de reducción, reutilización y reciclaje.
(3) Establecer programas de separación en la fuente.
(4) Estimular la recuperación del material reciclable mediante la concesión de incentivos a las empresas participantes.
(5) Estimular la participación de la empresa privada en la construcción y operación de las instalaciones de recuperación y reciclaje.
(6) Desarrollar programas educativos que promuevan la participación de todos los sectores.
(7) Estimular el uso de materiales reciclados y reciclables en la elaboración de productos, así como su consumo.