Se crea un Comité Asesor el que será presidido por el Secretario y estará compuesto por los siguientes miembros permanentes o un representante que éstos designen: Secretario del Departamento de Agricultura, Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas, Presidente de la Junta de Planificación, Director de la Administración de Terrenos, el Director del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales, Alcaldes de los municipios de Jayuya, Ciales, Orocovis, Peñuelas, Adjuntas, Yauco, Sabana Grande, San Germán, Maricao, Guánica, Guayanilla, Arecibo y Utuado; uno o dos miembros de la comunidad científica o universitaria y cualquier otro miembro que el Secretario estime necesario, cuya función esté relacionada con los fines de este capítulo y que esté facultado para brindar voluntariamente el asesoramiento técnico y profesional necesario para la implantación del mismo; y por dos personas provenientes de la empresa privada y de entidades sin fines de lucro que sean seleccionadas por el Secretario.
(a) Este Comité tendrá la función principal de elaborar un plan maestro que incluya lo siguiente:(a) La identificación de terrenos entre los bosques estatales de Maricao, Susúa y Guánica y entre los bosques de Guilarte, Pueblo de Adjuntas y Toro Negro que comprendan el trazado de dos corredores biológicos y las zonas de amortiguamiento a ser establecidas;(b) la demarcación de bordes en las zonas de amortiguamiento necesarias;(c) un plan de deslinde para los corredores biológicos y las zonas de amortiguamiento;(d) un inventario de la flora y la fauna existente, trazados para los corredores biológicos y las zonas de amortiguamiento;(e) propuesta vial para el área;(f) creación de incentivos para los dueños de los terrenos identificados a ser comprendidos por los corredores biológicos o por las zonas de amortiguamiento;(g) diseño de una campaña educativa y de promoción para la protección y conocimiento del sistema de bosques de la Cordillera Central y de la costa;(h) diseño para la identificación de posibles áreas recreativas en el sistema de bosques;(i) rezonificación de las áreas que comprenden el sistema de bosques y zonas de amortiguamiento;(j) un plan diversificado para estimular la actividad económica de productos forestales para aquellas comunidades aledañas a este sistema;(k) identificación de fuentes de ingreso para la ejecución de este capítulo, y(l) el itinerario de adquisiciones o convenios con dueños de terrenos para la conversión de estos terrenos privados en un corredor biológico o zonas de amortiguamiento.
(a) La identificación de terrenos entre los bosques estatales de Maricao, Susúa y Guánica y entre los bosques de Guilarte, Pueblo de Adjuntas y Toro Negro que comprendan el trazado de dos corredores biológicos y las zonas de amortiguamiento a ser establecidas;
(b) la demarcación de bordes en las zonas de amortiguamiento necesarias;
(c) un plan de deslinde para los corredores biológicos y las zonas de amortiguamiento;
(d) un inventario de la flora y la fauna existente, trazados para los corredores biológicos y las zonas de amortiguamiento;
(e) propuesta vial para el área;
(f) creación de incentivos para los dueños de los terrenos identificados a ser comprendidos por los corredores biológicos o por las zonas de amortiguamiento;
(g) diseño de una campaña educativa y de promoción para la protección y conocimiento del sistema de bosques de la Cordillera Central y de la costa;
(h) diseño para la identificación de posibles áreas recreativas en el sistema de bosques;
(i) rezonificación de las áreas que comprenden el sistema de bosques y zonas de amortiguamiento;
(j) un plan diversificado para estimular la actividad económica de productos forestales para aquellas comunidades aledañas a este sistema;
(k) identificación de fuentes de ingreso para la ejecución de este capítulo, y
(l) el itinerario de adquisiciones o convenios con dueños de terrenos para la conversión de estos terrenos privados en un corredor biológico o zonas de amortiguamiento.
El plan maestro elaborado por el Comité Asesor será sometido al Secretario quien utilizará el mismo como una guía, conservando, en última instancia, la potestad de modificarlo, de así entenderlo necesario, para el debido desempeño de sus facultades y deberes en virtud de este capítulo.