Este capítulo aplicará a todos los recursos acuáticos y marítimos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
12 L.P.R.A. § 17, under Promoción y Desarrollo de la Pesca Deportiva y Recreativa.
12 L.P.R.A. § 17
Este capítulo aplicará a todos los recursos acuáticos y marítimos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.