Prohibición

12 L.P.R.A. § 443, under Ley Para Prohibir la Disposición en Áreas no Designadas de Mascarillas y Guantes Desechables en las Playas, Balnearios y Cuerpos de Agua del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

12 L.P.R.A. § 443

Se prohíbe la disposición en áreas no designadas de mascarillas y guantes desechables en las playas, balnearios y cuerpos de agua del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.