Reglamentación

12 L.P.R.A. § 5194, under Ley de la Reserva Marina Arrecife de la Isla Verde.

12 L.P.R.A. § 5194

La Junta de Planificación cumplirá con su responsabilidad de revisar, actualizar y adoptar planes de usos de terrenos, planes sectoriales, reglamentos y normas basadas en las secs. 62 et seq. del Título 23, conocidas como la Ley Orgánica de la Junta de Planificación, y las secs. 227 et seq. del Título 23, conocidas como la Ley para el Plan de Uso de Terrenos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en un término no mayor de sesenta (60) días a partir de la vigencia de esta Ley.

Para ello, tomará en consideración todos los trámites administrativos previamente realizados pertinentes a la delimitación y designación de la Reserva Natural de Mar Chiquita y procederá, en el término antes dispuesto, a finiquitar todo trámite de revisión, actualización y adopción de los reglamentos pertinentes a la designación de la Reserva Natural Mar Chiquita en el Municipio de Manatí.