Interpretación

12 L.P.R.A. § 785p, under Servidumbre de Conservación.

12 L.P.R.A. § 785p

En caso de dudas, la interpretación de la servidumbre deberá favorecer la mayor preservación ecológica, histórica, cultural o agrícola a los propósitos enunciados en el Artículo 6.