Reglamentación

12 L.P.R.A. § 8003f, under Política Pública Ambiental.

12 L.P.R.A. § 8003f

El Secretario del Departamento será el responsable de elaborar la reglamentación necesaria para la más efectiva operación del Sistema Nacional Digitalizado de Información Ambiental, incluyendo aquella necesaria para determinar y cobrar aquellos costos al público que resulten de la solicitud por este de copias, reproducciones, mapas u otros materiales similares depositados en el Sistema. Disponiéndose, sin embargo, que dichos costos serán calculados e implantados para cubrir exclusivamente los costos de reproducción de estos materiales.