El Plan de Mitigación, Adaptación y Resiliencia al Cambio Climático establecerá los objetivos de emisiones de gases de efecto de invernadero y de los contaminantes del aire por períodos, así como una propuesta de las medidas necesarias para alcanzarlos de forma planificada y estableciendo el impuesto ambiental correspondiente y los indicadores cuantitativos anuales del impacto de las acciones. Para lograr estos objetivos y promover la concertación comunitaria deberá contar con la participación de los entes locales y los demás actores implicados. Este marco estratégico, detallado sectorialmente, será obligatorio. De igual forma, identificará los sistemas naturales, territorios y sectores socioeconómicos más vulnerables con una propuesta de medidas de adaptación necesarias para reducir la vulnerabilidad. Entre estas, se identificará las zonas con alta erosión de costas, áreas de mayor alcance de inundación costera, producidas por marejadas asociadas a sistemas ciclónicos y frentes de frío, zonas de alta inundabilidad causadas por descargas de ríos, zonas altamente susceptibles a inundabilidad por aumento del nivel del mar, áreas propensas a racionamiento de agua, áreas donde el desarrollo económico está comprometido o pudiera estar comprometido por falta de agua, acuíferos en estado crítico, embalses cuya capacidad de almacenamiento está comprometida por sedimentación o menoscabo estructural de la represa, entre otras. Todo lo anterior con el firme propósito de auscultar posibles soluciones a estos y otros problemas ambientales que ameritan la atención de todos los grupos de interés.
El Plan de Mitigación, Adaptación y Resiliencia al Cambio Climático será presentado por el Comité de Expertos y Asesores sobre Cambio Climático a la Asamblea Legislativa para su evaluación en el plazo de un (1) año de la vigencia de esta ley, con el fin de alcanzar los objetivos iniciales establecidos en la sec. 8012 de este título. El Comité de Expertos y Asesores sobre el Cambio Climático deberá procurar que el Plan de Mitigación, Adaptación y Resiliencia al Cambio Climático sea consistente con el Plan Integrado de Recursos aprobado por el Negociado de Energía de Puerto Rico y la Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico.