Cualquier cambio en las disposiciones del plan de reciclaje y disposición por parte de la empresa deberá ser notificado a la Autoridad dentro de los sesenta (60) días de su vigencia.
12 L.P.R.A. § 8156c, under Ley de Reciclaje y Disposición de Equipos Electrónicos de Puerto Rico.
12 L.P.R.A. § 8156c
Cualquier cambio en las disposiciones del plan de reciclaje y disposición por parte de la empresa deberá ser notificado a la Autoridad dentro de los sesenta (60) días de su vigencia.