Telefonía celular—Sistema adecuado

12 L.P.R.A. § 8159b, under Ley de Reciclaje y Disposición de Equipos Electrónicos de Puerto Rico.

12 L.P.R.A. § 8159b

(a) Si un detallista de telefonía celular desea obtener la Certificación que ofrece este capítulo, deberá proveer un sistema adecuado de aceptación y recogido de celulares usados para ser reutilizados, reciclados o para disposición adecuada que incluirá, sin que ello se entienda como una limitación:(a) Procedimiento para la devolución del equipo celular usado, del consumidor al detallista de telefonía celular por quien le fue vendido o arrendado.(b) Procedimiento para entrega de equipo celular, del consumidor al detallista de telefonía celular, no necesariamente el mismo del que se adquirió el equipo, cuando se disponga a comprar o arrendar un equipo nuevo.(c) Procedimientos para que al entregarse o enviarse un nuevo equipo del detallista de telefonía celular al consumidor, se pueda proceder a la entrega o envío del equipo usado por el consumidor al detallista de telefonía celular para su reutilización, reciclaje o disposición, sin costo alguno para el consumidor.(d) Procedimientos para que en aquellos casos en que una empresa proveedora de telefonía celular venda teléfonos celulares pre-pagados a través de comerciantes detallistas que no se dedican exclusivamente al área de la electrónica o telecomunicaciones, el consumidor haga entrega del equipo usado directamente a la empresa proveedora de servicio.(e) Identificación de cuáles serán los métodos de reutilización, reciclaje o disposición adecuada a emplearse.(f) Información al consumidor sobre los beneficios del reciclaje y las oportunidades que provee el detallista de telefonía celular, o en su defecto la Autoridad, para este proceso, así como promover e incentivar el mismo. La información a ser provista deberá como mínimo:(1) Encontrarse expuesta en un lugar visible y accesible al consumidor en el lugar de venta.(2) Estar incluida textualmente o a través de una dirección electrónica identificada como parte de los anejos al contrato de venta, arrendamiento o servicio al momento de la compraventa o el arrendamiento del equipo.(3) Hacer referencia a las oportunidades que se ofrecen para el reciclaje y adecuada disposición de los equipos usados.(4) Ser provista por el vendedor directamente al consumidor al momento de la compraventa o arrendamiento del equipo. Esto no aplicará a aquellos detallistas no afiliados a una empresa de telefonía celular que venden teléfonos celulares pre-pagados y no requieren de la firma de un contrato escrito como condición para la venta.

(a) Procedimiento para la devolución del equipo celular usado, del consumidor al detallista de telefonía celular por quien le fue vendido o arrendado.

(b) Procedimiento para entrega de equipo celular, del consumidor al detallista de telefonía celular, no necesariamente el mismo del que se adquirió el equipo, cuando se disponga a comprar o arrendar un equipo nuevo.

(c) Procedimientos para que al entregarse o enviarse un nuevo equipo del detallista de telefonía celular al consumidor, se pueda proceder a la entrega o envío del equipo usado por el consumidor al detallista de telefonía celular para su reutilización, reciclaje o disposición, sin costo alguno para el consumidor.

(d) Procedimientos para que en aquellos casos en que una empresa proveedora de telefonía celular venda teléfonos celulares pre-pagados a través de comerciantes detallistas que no se dedican exclusivamente al área de la electrónica o telecomunicaciones, el consumidor haga entrega del equipo usado directamente a la empresa proveedora de servicio.

(e) Identificación de cuáles serán los métodos de reutilización, reciclaje o disposición adecuada a emplearse.

(f) Información al consumidor sobre los beneficios del reciclaje y las oportunidades que provee el detallista de telefonía celular, o en su defecto la Autoridad, para este proceso, así como promover e incentivar el mismo. La información a ser provista deberá como mínimo:(1) Encontrarse expuesta en un lugar visible y accesible al consumidor en el lugar de venta.(2) Estar incluida textualmente o a través de una dirección electrónica identificada como parte de los anejos al contrato de venta, arrendamiento o servicio al momento de la compraventa o el arrendamiento del equipo.(3) Hacer referencia a las oportunidades que se ofrecen para el reciclaje y adecuada disposición de los equipos usados.(4) Ser provista por el vendedor directamente al consumidor al momento de la compraventa o arrendamiento del equipo. Esto no aplicará a aquellos detallistas no afiliados a una empresa de telefonía celular que venden teléfonos celulares pre-pagados y no requieren de la firma de un contrato escrito como condición para la venta.

(1) Encontrarse expuesta en un lugar visible y accesible al consumidor en el lugar de venta.

(2) Estar incluida textualmente o a través de una dirección electrónica identificada como parte de los anejos al contrato de venta, arrendamiento o servicio al momento de la compraventa o el arrendamiento del equipo.

(3) Hacer referencia a las oportunidades que se ofrecen para el reciclaje y adecuada disposición de los equipos usados.

(4) Ser provista por el vendedor directamente al consumidor al momento de la compraventa o arrendamiento del equipo. Esto no aplicará a aquellos detallistas no afiliados a una empresa de telefonía celular que venden teléfonos celulares pre-pagados y no requieren de la firma de un contrato escrito como condición para la venta.